Calendario normativo de facturación 2026-2028: todas las fechas que importan
Entre prórrogas, reales decretos y reglamentos nuevos es fácil perderse. Este es el calendario oficial y actualizado de VeriFactu y de la factura electrónica B2B tras el RDL 15/2025 y el RD 238/2026 — y lo que conviene hacer ya en 2026 para llegar sin sustos.
- 1. El calendario, de un vistazo
- 2. VeriFactu: qué cambió con el RDL 15/2025
- 3. Lo que YA está en vigor (y muchos ignoran)
- 4. Factura electrónica B2B: el RD 238/2026
- 5. Qué hacer en 2026, mes a mes
- 6. Preguntas frecuentes
1. El calendario, de un vistazo
| Fecha | Obligación | A quién afecta |
|---|---|---|
| 29-07-2025 (en vigor) | Solo puede comercializarse software de facturación conforme al RD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024, con declaración responsable del fabricante | Productores y comercializadores de software (y, de rebote, a ti al elegirlo) |
| 01-01-2027 | Sistemas de facturación adaptados a VeriFactu | Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades |
| 01-07-2027 | Sistemas de facturación adaptados a VeriFactu | Resto de obligados: autónomos, entidades en atribución de rentas… |
| 2027 | Factura electrónica B2B obligatoria (emisión) | Empresas que facturan más de 8 M€ al año |
| 2028 | Factura electrónica B2B obligatoria | Resto de pymes y autónomos |
2. VeriFactu: qué cambió con el RDL 15/2025
El Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025 y convalidado por el Congreso el 11 de diciembre, modificó la disposición final cuarta del RD 1007/2023 y movió las fechas de obligatoriedad que estaban previstas para 2026:
- Sociedades (IS): del 1 de enero de 2026 → al 1 de enero de 2027.
- Autónomos y resto de obligados: del 1 de julio de 2026 → al 1 de julio de 2027.
Es la segunda prórroga (la primera fue el RD 254/2025). El contenido técnico no cambió: registros de facturación con huella SHA-256 encadenada, código «QR tributario» en cada factura, remisión a la AEAT en modalidad VERI*FACTU y registro de eventos del sistema siguen siendo exactamente los mismos requisitos.
3. Lo que YA está en vigor (y muchos ignoran)
La prórroga aplaza tu obligación como emisor, pero hay una obligación plenamente vigente desde el 29 de julio de 2025: los fabricantes y comercializadores de software de facturación solo pueden ofrecer productos conformes, respaldados por una declaración responsable con los datos del sistema (nombre, identificador, versión).
4. Factura electrónica B2B: el RD 238/2026
En marzo de 2026 el Consejo de Ministros aprobó por fin el reglamento de factura electrónica de la Ley Crea y Crece (RD 238/2026). Claves:
- Obligación escalonada: primero las empresas de más de 8 M€ de facturación (2027); después el resto de pymes y autónomos (2028).
- Formatos estructurados según la norma europea EN 16931 — UBL como formato de referencia de la solución pública, con Facturae siguiendo vigente en el ámbito público (FACe).
- Estados obligatorios: el receptor deberá comunicar la aceptación o rechazo de la factura y el pago efectivo con sus fechas — el reglamento nace para atacar la morosidad.
- Solución pública gratuita como red de mínimos, junto a plataformas privadas interoperables.
¿La buena noticia? Si tu software ya trabaja con VeriFactu, XML estructurado y estados de cobro, el salto a B2B es incremental, no un proyecto nuevo. Tienes la guía completa en nuestro análisis del RD 238/2026.
5. Qué hacer en 2026, mes a mes
- Ya mismo: deja de emitir facturas en Word/Excel. No cumplen inalterabilidad ni trazabilidad y migrar el histórico luego es doloroso.
- Este trimestre: ordena series, numeración y datos fiscales de clientes. El 90 % de los rechazos de la AEAT vienen de datos maestros mal cargados, no de la tecnología.
- Antes de fin de año: emite en un software preparado para VeriFactu con huella y QR, aunque la remisión siga siendo voluntaria. Cuando llegue tu fecha de 2027 no tendrás que cambiar nada.
- Si eres sociedad (IS): tu fecha es el 1 de enero de 2027 — en la práctica, la campaña de adaptación es el segundo semestre de 2026. No lo dejes para diciembre.
- Si facturas a grandes empresas: pregunta a tus clientes >8M€ qué plataforma B2B usarán en 2027: te tocará entenderte con ella.
6. Preguntas frecuentes
¿Puede haber otra prórroga?
Nadie lo puede garantizar, pero planificar contando con ella es mala estrategia: los requisitos técnicos llevan estables desde 2024, el software conforme ya existe y la AEAT tiene sus servicios operativos. Quien se adapta pronto convierte la norma en ventaja comercial; quien apura la fecha compra por pánico.
¿VeriFactu y factura electrónica B2B son lo mismo?
No. VeriFactu es el control fiscal del software de facturación (huella, QR, remisión a la AEAT). La factura electrónica B2B regula el intercambio de facturas entre empresas y sus estados de pago. Son complementarias y conviven: tu sistema tendrá que cumplir ambas.
¿Y el SII?
Sigue igual: obligatorio para grandes empresas (>6M€), REDEME y grupos de IVA, y compatible con todo lo anterior. Si estás en SII, VeriFactu no te aplica por esas operaciones, pero el software que uses sí debe ser conforme.
Mantendremos este calendario actualizado con cada novedad del BOE y de la AEAT. Última revisión: 30 de julio de 2026, con el RDL 15/2025 convalidado y el RD 238/2026 publicado.
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